El Dr. Mariano Molina abogado de Gerez y Mirta Praino
APELACION A LA SENTENCIA DEL Juez Blanco, Impugnación a la candidatura de Luis Abelardo Patti.
El Dr. Mariano Gabriel Molina abogado del Caso Geréz a las 11.15 bajo el Nº 9766, ante la Cámara Nacional Electoral en la ciudad de La Plata se presenta e Interpone formalmente Recurso de APELACION respecto de la Sentencia del 26 de mayo del corriente remitida por el Sr Juez Blanco, conjuntamente firma el escrito Mirta Praino, ambos Apelan a la sentencia a la Impugnación Presentada Contra la Candidatura de Luis Abelardo Patti.
El Dr. Molina expresa en su presentación respecto de la sentencia que entiende como: Gravamen Irreparable y Agravios en función de las apreciaciones (…), considera que hubo; omisión de la aplicación del Art. 36 de la CN, (…) Omisión de aplicación de criterios internacionales, (…). Asegura que “es necesario eliminar los enclaves de impunidad”, (…) omisión de aplicación del Art. 16 respecto del nuevo carácter interpretativo del artículo después de la reforma del 94.
En el escrito de cerca de 26 cArillas expresa:
(…) Además desde el momento en que nuestra Ley Fundamental, asume compromisos internacionales por los cuales se obliga no solo a no torturar o proceder a la desaparición forzada de personas sino también -y fundamentalmente en cumplimiento de dichos objetivos -, a perseguir con toda la fuerza y retroactividad posibles a sus autores y cómplices; es obvio que nuestra propia CN normalizo (hizo norma) una pauta ética de conducta.
El hecho de que Patti fuera dos veces intendente y haya participado en elecciones libres, no es óbice para la aplicación de ésta medida de lustratio, debido a que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas. (…)
Además tanto Praino como Molina critican la sentencia del Juez Blanco en virtud que entienden que, “De este modo, nos encontramos frente a la creación de un nuevo nicho de impunidad consagrado por una sentencia judicial.(…)
APELACION A LA SENTENCIA DEL Juez Blanco, Impugnación a la candidatura de Luis Abelardo Patti.
El Dr. Mariano Gabriel Molina abogado del Caso Geréz a las 11.15 bajo el Nº 9766, ante la Cámara Nacional Electoral en la ciudad de La Plata se presenta e Interpone formalmente Recurso de APELACION respecto de la Sentencia del 26 de mayo del corriente remitida por el Sr Juez Blanco, conjuntamente firma el escrito Mirta Praino, ambos Apelan a la sentencia a la Impugnación Presentada Contra la Candidatura de Luis Abelardo Patti.
El Dr. Molina expresa en su presentación respecto de la sentencia que entiende como: Gravamen Irreparable y Agravios en función de las apreciaciones (…), considera que hubo; omisión de la aplicación del Art. 36 de la CN, (…) Omisión de aplicación de criterios internacionales, (…). Asegura que “es necesario eliminar los enclaves de impunidad”, (…) omisión de aplicación del Art. 16 respecto del nuevo carácter interpretativo del artículo después de la reforma del 94.
En el escrito de cerca de 26 cArillas expresa:
(…) Además desde el momento en que nuestra Ley Fundamental, asume compromisos internacionales por los cuales se obliga no solo a no torturar o proceder a la desaparición forzada de personas sino también -y fundamentalmente en cumplimiento de dichos objetivos -, a perseguir con toda la fuerza y retroactividad posibles a sus autores y cómplices; es obvio que nuestra propia CN normalizo (hizo norma) una pauta ética de conducta.
El hecho de que Patti fuera dos veces intendente y haya participado en elecciones libres, no es óbice para la aplicación de ésta medida de lustratio, debido a que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas. (…)
Además tanto Praino como Molina critican la sentencia del Juez Blanco en virtud que entienden que, “De este modo, nos encontramos frente a la creación de un nuevo nicho de impunidad consagrado por una sentencia judicial.(…)
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