A diferencia de la Picana, la Taser no necesita ser enchufada, y tampoco realiza una descarga de 220v. Tiene forma de pistola, funciona con una pila de 26v, y al ser disparada produce una descarga de 50.000 voltios que tumba e inmoviliza al receptor. Por otro lado, las neopicanas cuentan con un nuevo beneficio: no dejan marcas, ergo no dejan pruebas.
Las compras que hizo el Gobierno de la Ciudad fueron realizadas por el Ministro de Seguridad Guillermo Montenegro en enero del 2010, según consta en el Boletín Oficial.
Ya en Octubre del 2009, y según el mismo Boletín Oficial, el Ministerio había aprobado el pliego para la compra de 72 armas denominadas "No letales", que finalmente no se realizaron.
Debemos resaltar que cada unidad le cuesta los vecinos de la ciudad aproximadamente 2000 dólares y por cada cartucho que se dispara el gobierno debe pagar alrededor de 100 dólares, según las cifras del mercado.
La empresa que comercializa las Taser en la Argentina es la firma Buccello, a la que la Policía Metropolitana también les adquirió las armas "Pepper Ball", que son unas escopetas que lanzan cartuchos de pimienta y que producen irritación y congestión en la piel.
Las Taser son usadas por distintas policías del mundo, como la canadiense, la suiza o la estadounidense, y por tal motivo han recibido fuertes críticas de distintos organismos gubernamentales, no gubernametales y de derechos humanos internacionales.
Según la firma Buccello, las Taser son armas no letales, y no existen informes de muertes causadas por la misma. Pero según un Informe de Amensty-Usa realizado en el año 2008 los efectos causados por el uso de ella por parte de la policía son mortales: del 2001 hasta agosto del 2008 se han registrado 334 muertes solo en EEUU.
El órgano de monitoreo, control y aplicación de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas es el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, que en el 2009, dictaminó que la aplicación de este tipo de arma contra las personas constituye una forma de tortura.
El Comité estableció que el uso de pistolas de choque eléctrico puede constituir una forma de tortura y viola la Convención. Dijo que las pistolas eléctricas provocan un dolor extremo y en algunos casos pueden provocar la muerte.
Este mismo Comité, el 20 de noviembre de 2009, al realizar el examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 19 de la Convención, en las Observaciones finales del Comité contra la Tortura estableció que "El Estado Parte debe considerar la posibilidad de abandonar el uso de armas eléctricas "Taser" por parte de la policías locales, pues sus efectos en el estado físico y mental de las personas contra las que se utilizarían podrían conculcar los artículos 2 y 16 de la Convención". (CAT/C/ESP/CO/5 19 de noviembre de 2009).
Esta interpretación es ley en el territorio de la Nación Argentina, ya que la Convención contra la Tortura rige en nuestro país en "las condiciones de su vigencia", como lo establece el art.75 inc.22, y de acuerdo a la interpretación que realizó la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los fallos "Ekmekdjian c. Sofovich" (Fallos: 315:1492), "Vizzoti, Carlos Alberto c/ AMSA S.A." (Fallos 327:3677), "Giroldi" (Fallos: 318:514), "Bramajo" (Fallos 319:1840), "Aquino" (Fallos 327:3753), entre muchos otros.
Así es que, la utilización en nuestro país de armas eléctricas tipo "Taser" constituye una violación a la Constitución Nacional y a la Constitución Porteña.
Así mismo, la Unión Europea, en el 2005, ha prohibido la importación y exportación de este tipo de armamentos
En Enero del 2010, año del Bicentenario, en nuestra Ciudad de Buenos Aires, se veta una Ley que crea un Comité Contra la Tortura, y siguiendo con la misma línea político-ideológica, se dota de neopicanas a la Policía Metropolitana.
El Jefe de Gobierno aseguró al asumir en el año 2007 que el siglo XX había sido el de los derechos humanos y que el siglo XXI seria el de las obligaciones ciudadanas. Al parecer todavía falta un largo camino en la Ciudad de Buenos Aires para que comencemos a transitar la senda del respeto irrestricto de los derechos humanos.
El actual Ministro de Justicia y Seguridad, Guillermo Montenegro dice que “es una imbecibilidad” llamar armas de tortura a las taser . El actual Ministro debe saber, como abogado, que la utilización de medios de tortura esta prohibida, y le competen responsabilidades específicas a los funcionarios públicos que propicien y faciliten su utilización.
Desde el ODH realizaremos todas las acciones necesarias para que dicho armamento no pueda ser usado por las fuerzas de seguridad.
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Mariano Abrevaya Dios, 155-142-9949
(Agencia Paco Urondo)
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